Fiscalía General de la Nación
La creación del logo fue en 1996 y se le conoce con el nobre de "pieza clave"
¿Qué es?
Es una entidad de la rama judicial del poder público con plena autonomía administrativa y presupuestal, cuya función está orientada a brindar a los ciudadanos una cumplida y eficaz administración de justicia.
Garantiza el acceso a una justicia ficaz y oportuna con el fin de buscar la verdad de hechos que afecten lña dignidad y los derechos humanos.
Historia
La Fiscalía General nació en 1991, con la promulgación de la nueva Constitución Política y empezó a operar el 1 de julio de 1992.
Para más información
http://fgn.fiscalia.gov.co:8080/Fiscalia/contenido/html/Entidad.jsp
La Fiscalía General nació en 1991, con la promulgación de la nueva Constitución Política y empezó a operar el 1 de julio de 1992.
Para más información
http://fgn.fiscalia.gov.co:8080/Fiscalia/contenido/html/Entidad.jsp
¿Quíen es su titular?
Guillermo Mendoza Diago, Fiscal General de la Nación(E).
Limitaciones de la Fiscalía General de la Nación
Guillermo Mendoza Diago, Fiscal General de la Nación(E).
- Juez Promiscuo Municipal, Providencia Isla. Del 16 de marzo al 30 de agosto de 1973. Tiempo: 5 meses 15 días.
- Juez Segundo Penal Municipal, Sincelejo, Sucre. Del 20 de septiembre de 1973 a 2 de septiembre de 1975. Tiempo: 1 año 11 meses.
- Juez Cuarto de Iinstrucción Criminal, Sincelejo, Sucre. Del 3 de septiembre de 1975 a 30 de agosto de 1977. Tiempo: 1 año 11 meses.
Funciones De La Fiscalía, Funciones del Titular,
Cómo se elige al Fiscal General de la Nación
Cómo se elige al Fiscal General de la Nación
Limitaciones de la Fiscalía General de la Nación
La Fiscalía General no juzga a los presuntos autores o partícipes de un delito. Esta función corresponde, previa acusación de la Fiscalía, a los jueces y tribunales de la República. Estos, de acuerdo con las pruebas practicadas en la investigación y el juzgamiento, condenan o absuelven a los acusados. En el primer caso indican la pena a que debe someterse el sentenciado.
Para más información
Normatividad
Título VII - Capitulo 6 - artículo 249 al 253, de la Constitucion Política De Colombia
Para más información
http://fgn.fiscalia.gov.co:8080/Fiscalia/archivos/Normatividad/fiscalia_pagina.pdf
Logotípo
La ficha de un rompecabezas es el símbolo adecuado para representar visualmente a la Fiscalía pues trae consigo los conceptos de búsqueda, solución y respuesta, los mismos que se persiguen a través de su actividad investigativa. De igual manera, es de rápida identificación y recordación para la ciudadanía.
¿comó y que es la Indagación Penal?
Una vez se produce un hecho jurídicamente relevante que puede constituir delito querellable o perseguible de oficio, la policía judicial (Policía Nacional SIJIN, DIJIN, Cuerpo Técnico de Investigación CTI, Departamento Administrativo de Seguridad -DAS- o Policía de Tránsito, o aquellas dependencias que transitoriamente pueden cumplir esa función- asumen la indagación para la práctica de las primeras diligencias o aquellas urgentes para descubrir y asegurar los elementos materiales probatorios, las evidencias físicas o los informes legalmente ofrecidos, actuando como primeros respondientes.
Para más información
http://fgn.fiscalia.gov.co:8080/Fiscalia/contenido/html/informacionPenal.jsp
¿Si usted es Victima de un delíto que debe y que puede hacer?
Si usted es víctima de un delito debe proceder a entablar la denuncia en forma verbal o escrita, mediante una narración breve de cómo sucedieron los hechos, fecha y lugar. Si se conoce a los presuntos autores deberá incluir todos los datos que conozca sobre el mismo.
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